Pasos imprescindibles para constituir tu empresa

Pasos imprescindibles para constituir tu empresa

Tienes una idea de negocio y por fin te has decido a dar el paso: vas a poner en marcha tu proyecto. Llega el momento de constituir la empresa, y ahora ¿Qué tengo que hacer?

Estos son los pasos imprescindibles para constituir tu empresa y que no debes saltarte para formalizar el proceso:

Obtener la certificación negativa de denominación de la sociedad

Lo primero que debes decidir es cuál será el nombre de tu empresa. Una vez escogido, necesitarás un certificado que acredite que no existe ninguna otra sociedad con el mismo nombre, a este documento se le llama certificado negativo de denominación o del nombre.

Este certificado tendrá una vigencia de tres meses (renovable por el mismo período). Si la sociedad no se ha constituido pasados esos seis meses, deberás solicitarlo de nuevo. Y podrás hacerlo tanto forma presencial, en el Registro Mercantil Central, como telemática, por correo o por medio de un notario.

Si todavía no has decidido el nombre de tu empresa y quieres agilizar este proceso, puedes consultar la Bolsa de Denominaciones Sociales; cuenta con unas 1500 denominaciones disponibles y se asignan de forma inmediata.

En la solicitud deberás incluir los siguientes datos:

  • Nombre de uno de los fundadores o promotores
  • La denominación social, con 5 denominaciones por orden de preferencia
  • Forma social o su abreviatura (SRL SLNE, etc.)

Puedes solicitarla de forma telemática o presencial, ambas en la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, a través del sistema CIRCE. El plazo de reserva será también de seis meses, transcurridos los cuales volverá a quedar libre.

Firmar la escritura pública 

A través de la escritura pública hacemos constar ante notario la creación de la sociedad.

Este documento reflejará la identificación de los socios, la denominación social, el capital social y el número de aportaciones de cada socio.

También, habrá que incluir los estatutos de la sociedad, que no es más que el conjunto de normas por las que se va a regir.

Deberás llevarla a cabo dentro de los seis meses siguientes a la obtención del certificado negativo del nombre y tendrás que presentar la siguiente documentación:

  • DNI de los socios
  • El certificado negativo del nombre
  • Estatutos sociales
  • Acreditación del capital social
  • Si se realizan otras aportaciones (no dinerarias)

El acta notarial

El acta de constitución es un documento que los socios fundadores de una empresa firman ante notario aportando la información necesaria para poder proceder al registro de su sociedad en la sede del Registro Mercantil correspondiente a su provincia.

El acta recogerá los datos de la vivienda habitual que no estará sujeta a la responsabilidad por las deudas del ejercicio de su actividad.

Necesitarás tu número de identificación fiscal

El objetivo del Número de identificación fiscal (NIF) es identificarnos, como persona o empresa, a efectos fiscales.

Para las personas físicas, es sencillo, corresponde al número de DNI con la letra.

En cuanto a las personas jurídicas o entidades, el NIF estará formado por nueve caracteres: una letra, un número de siete dígitos y un carácter de control.

Se debe solicitar dentro del mes siguiente a la constitución de la empresa y es importante que lo hagas porque será necesario para realizar cualquier actividad comercial.

¿Dónde lo puedes realizar? En la Administración de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal de la Sociedad o Entidad (relación de Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria).

Si tu entidad jurídica está complemente constituida podrás obtener directamente el NIF definitivo. En caso de que no sea así, te darán uno provisional hasta que aportes la documentación que te falte.

Autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

Una vez tengamos la escritura de constitución, el siguiente trámite que realizaremos será liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que está exento de pago.

Y, en un plazo de 30 días, tendrás que pagar el impuesto de actos jurídicos documentados.

Inscripción en el Registro Mercantil

Ya casi tienes todo lo que necesitas para la constitución de tu empresa, solo te falta inscribirla en el Registro Mercantil.

Si eres autónomo, puedes saltarte este epígrafe, para ti dicho trámite será voluntario. Pero si aún tienes alguna duda sobre cómo gestionar tu alta como autónomo, te dejamos por aquí los pasos a seguir.

El Registro Mercantil es una institución oficial que se encarga de recoger e inscribir todos los actos relacionados con las sociedades mercantiles y sus responsables.

Es decir, se encarga de dar constancia de la creación de tu empresa, recopilar toda la información importante sobre ella y darle publicidad para una mayor seguridad jurídica y económica.

¿Dónde debo llevarlo a cabo? El lugar dependerá del domicilio de la sociedad, puedes consultar la delegación que te corresponde a través de este mapa de direcciones mercantiles.

Por regla general, la inscripción deberá procurarse dentro del mes siguiente a la concesión de los documentos necesarios para la firma de la escritura pública.

El domicilio que incluyas en el Registro Mercantil debe ser el mismo que aparece en los estatutos de tu empresa.

Si aún no has pensado donde vas a domiciliar tu empresa o estás buscando una dirección profesional para hacerlo, puedes consultar nuestro servicio de domicilio social aquí.

Inscripción en registros especiales

Una vez constituida la sociedad e inscrita en el registro mercantil (a excepción de las sociedades cooperativas y las sociedades agrarias de transformación) se procede a la inscripción de la sociedad en el registro especial correspondiente.

Puedes consultar cuál es el que te corresponde según el tipo de sociedad, en este enlace.

¿Necesitas ayuda?

Si todavía te surgen dudas, siempre puedes consultar los Puntos PAE. Allí encontrarás toda la ayuda necesaria para crear tu empresa y realizar los trámites de la documentación, además de asesoramiento y apoyo, o rellenar este formulario indicando lo que necesitas, ¡nosotros nos pondremos en contacto contigo lo antes posible!

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