Todo lo que debes saber sobre la Sociedad Limitada

Todo lo que debes saber sobre la Sociedad Limitada

Tienes en mente desde hace mucho tiempo ese proyecto que te encantaría materializar. Has decidido que llegó el día de constituir tu empresa y es una decisión que nos llena de ilusión, pero, a su vez, nos genera infinidad de dudas. Por eso, desde Cink hemos pensado que te encantaría conocer mejor, y de una manera más resumida y sencilla, todo sobre la Sociedad Limitada.

En este post te detallaremos un tipo de sociedad de las más simples y económicas de crear, además de una de las formas de constitución empresarial más solicitadas en España.

¿Qué es una Sociedad de Responsabilidad Limitada?

Una Sociedad Limitada es un tipo de Sociedad Mercantil que se reduce al capital social o bienes a nombre de la empresa. Dichos bienes o capital están conformados por las aportaciones de los socios, que están divididas en particiones sociales, indivisibles o acumulables y deben ser desembolsadas al momento de la constitución. En el caso de los bienes, deben contar con la apreciación monetaria de todos los socios.

Es importante destacar que las aportaciones por parte de los socios deberán poseer un valor económico, quedando exenta la contribución de trabajos o servicios como aportación de capital para la sociedad.

Este tipo de Sociedad Mercantil cuenta con una denominación social libre en la que debe figurar de manera obligatoria el término “Sociedad de Responsabilidad Limitada”, “Sociedad Limitada” o sus abreviaturas “S.R.L” y “S.L” junto al nombre seleccionado, el cual debe ser una designación única e inexistente que puedes consultar en la Bolsa de Denominaciones Sociales del Registro Mercantil Central.

¿Cómo funciona la Sociedad Limitada?

Una vez creada la Sociedad Limitada deberá contar con ciertos trámites indispensables para su puesta en marcha y regirse por las normas o reglas establecidas por la Ley. A continuación, detallaremos los aspectos más relevantes respecto al número de socios, el capital aportado y su responsabilidad para el funcionamiento de la sociedad.

  • Tipos de socios:

– Socios trabajadores: desarrollan un rol esencial en la compañía, ya que están involucrados en todo lo que conlleva la gestión y el día a día de la sociedad.

– Socios Capitalistas: son aquellos que contribuyen con capital para la empresa, actúan como inversores y por lo general no se involucran con la gestión de la compañía.

  • Aportaciones de los socios:

Las particiones sociales corresponden a las aportaciones que los socios han realizado a la empresa a través de bienes o capital monetario. Cuanto mayor sea el número de particiones con las que cuente un socio, mayor será su autoridad en la sociedad.

  • Transmisión de las particiones:

Salvo que los estatutos sociales establezcan lo contrario, las particiones de los socios serán libremente transmisibles entre ellos, sus descendientes, ascendientes, a favor del cónyuge o a otras sociedades del mismo núcleo familiar, teniendo siempre preferencia frente a terceros.

  • Junta General de socios:

Está conformada por los socios de la compañía y es de suma importancia, pues es la manera en la que se deliberan las decisiones que determinarán el rumbo de la sociedad.

Para las Sociedades de Responsabilidad Unipersonal no hay existencia de dicha junta. Las decisiones son tomadas por el socio único, pero en acta bajo su propia firma.

  • Órgano de administración:

Para llevar a cabo la administración de la sociedad, la misma deberá determinar en los estatutos sociales algunas de las siguientes opciones:

  • Administrador único: cuando la administración de la sociedad recae en una sola persona.
  • Administradores solidarios: autoriza a cada socio a tomar decisiones por su cuenta, afectando a la sociedad y al resto de socios.
  • Administradores mancomunados: las decisiones son aprobadas por todos los socios a través de un acuerdo previo.
  • Consejo de administración: la responsabilidad recaerá en tres o más administradores, quienes serán los que se comprometan con la toma de decisiones sobre la sociedad.

Ventajas de la Sociedad Limitada

  • Este tipo de sociedad cuenta con una responsabilidad limitada, lo que significa que, si se producen pérdidas en la compañía, los socios no comprometen su patrimonio personal. Es decir, pueden proteger sus pertenencias en caso de insolvencia.
  • La constitución de esta sociedad puede llevarse a cabo con una aportación de 3000€ de capital mínimo por socio, y no cuenta con límite de capital máximo.
  • Su creación puede darse hasta con un socio, lo que la denominaría Sociedad Limitada Unipersonal.
  • Con una sociedad, el autónomo puede establecerse un salario y desgravarlo como gasto.
  • La constitución de una SL es más sencilla y económica que otras sociedades.
  • Frente al empresario individual, la SL da una imagen mucho más profesional.
  • Con una SL podrás optar por créditos bancarios o ayudas y subvenciones, algo de lo que en muchos casos el autónomo carece.

Importancia del Domicilio Social para la Sociedad Limitada

Uno de los requisitos fundamentales para la creación de cualquier Sociedad es contar con un Domicilio Social, que se verá reflejado en los estatutos sociales para validar de manera exitosa la escritura pública de la constitución. Además, será el lugar legítimo para el cumplimiento de las obligaciones de la sociedad y también para llevar a cabo el ejercicio de sus derechos, así como el establecimiento de su sede comercial.

El domicilio en el que legalmente está ubicada una sociedad tiene una gran importancia en el ámbito mercantil debido a que establece el registro del municipio en el que corresponde dejar constancia sobre los antecedentes de la sociedad, como su constitución, disolución, liquidación o cualquier otra reforma.

En Cink Coworking contamos con un servicio de Domicilio Social para sociedades donde podrás disfrutar de cualquiera de nuestras cuatro ubicaciones, las cuales te permitirán establecer tu empresa en una dirección de prestigio en el centro de Madrid.

Si tienes alguna duda o quieres saber más sobre nuestro servicio de Domicilio Social y alta de Sociedades Limitadas, te invitamos a contactarnos a través del formulario al final de la página y nos pondremos en contacto contigo a la mayor brevedad posible.

De la misma manera, si tienes cualquier duda o inquietud no dudes en dejarla en los comentarios.

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