Vas a poner en marcha tu empresa

¿Vas a poner en marcha tu empresa? Estos son los trámites indispensables (Parte I)

En este post veremos cuáles son los trámites generales necesarios para la puesta en marcha de una empresa.

Una vez que has definido la forma jurídica que más se ajusta a tus necesidades y a las de tu negocio, bien dándote de alta como autónomo o bien constituyendo una sociedad, es el momento de llevar a cabo una serie de gestiones adicionales que garantizarán la correcta puesta en marcha de tu empresa.

Te detallamos todos los pasos a continuación:

1. Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores

Antes de empezar cualquier actividad profesional o empresarial que reporte beneficios, es imprescindible que te des de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Este censo está incluido en el Censo de Obligados Tributarios y su finalidad no es otra que tributar por lo obtenido. Es decir, como empresario estás obligado a registrarte como tal y a tributar por los beneficios que generes.

Esto es importante, ya que, si realizas cualquier operación sin estar inscrito en este censo, lo estarás haciendo en lo que se conoce como economía sumergida y puedes someterte a multas muy elevadas.

Entonces, ¿quién tiene la obligación de estar en el censo? Todas las personas y entidades que realicen una actividad empresarial, las sociedades mercantiles, los socios, quienes realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes, las personas o entidades no residentes en España que operen en territorio español y quienes abonen rentas con retenciones o ingresos a cuenta.

Las actividades empresariales o profesionales son aquellas que conlleven la producción o distribución de bienes o servicios.

En cuanto a documentación que necesitas, tendrás que presentar en Hacienda el modelo 037 o el modelo 036. Con estos modelos, estarás solicitando el alta del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). La fecha de alta en el IAE, es la que determina el inicio de tu actividad, sin embargo, no significa que vayas a tributar, es solamente un trámite; las personas físicas están exentas este de pago.

El alta se puede realizar de forma telemática o presencial y, si por necesitas consultarlo, aquí encontrarás el epígrafe del IAE dependiendo de tu actividad.

2. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

El siguiente paso será darte de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, que es el que regula la cotización a la Seguridad Social.

El alta en la Seguridad Social nunca debe ser posterior al inicio de la actividad económica. Te recomendamos que realices el alta de forma simultánea el mismo día, aunque también puede ser previo al inicio de actividad, hasta 60 días naturales antes de dicho inicio.

Las solicitudes de alta, baja y variación de datos en este Régimen se realizan mediante el Modelo TA0521.

3. Alta de los socios y administradores en los regímenes de la Seguridad Social

De la misma forma que todos los trabajadores están obligados a darse de alta en la Seguridad Social, también lo están los socios trabajadores que han creado una sociedad.

Los socios trabajadores y administradores de una sociedad deben estar dados de alta en la seguridad social, ya sea en el RETA, en el Régimen general o en el Régimen General asimilado, según sus funciones en la misma y de los porcentajes de participación en ella.

¿Dónde puedes darte de alta? En la Tesorería General Seguridad Social.

En cuanto las solicitudes de alta, baja y variación de datos del trabajador por cuenta ajena o asimilada, en este caso se realizan a través del Modelo TA.2/S.

4. Legalización de los libros contables

Llevar el registro de los libros contables es una tarea obligatoria para toda sociedad, así como presentarlos al Registro Mercantil.

¿Cuáles son estos libros?

  • Libro de actas, que recoge la información de todas las juntas o encuentros que se producen entre los socios de una Sociedad mercantil durante el ejercicio.
  • Libro registro de socios, registra quiénes son los socios fundadores de la sociedad y las transmisiones posteriores de participaciones sociales.
  • Libro-registro de acciones nominativas, en el que aparecen los titulares de las acciones.
  • Libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad.

5. Legalización del Libro Diario y del Libro de Inventarios y Cuentas Anuales

Como empresario, es importante que lleves tu contabilidad de acuerdo con las disposiciones del Código de Comercio. Estas indican que tienes que contar con:

  • El Libro diario: es en el que se reflejan todos los asientos contables del ejercicio.
  • El Libro de Inventarios: consiste en una relación detallada, ordenada y valorada de todos los bienes, derechos y deudas de una empresa.

Es obligatorio presentarlos en el Registro Mercantil por vía telemática y para ello, vas a necesitar un certificado digital, lo que nos lleva al siguiente paso.

6. Obtención del certificado electrónico

Vas a necesitar un certificado electrónico. Este certificado te identifica como su propietario (puede ser una persona física, jurídica o una colectividad sin personalidad jurídica) y posibilita la firma de documentos electrónicos.

Es obligatorio en este caso y muy útil para muchos otros trámites.

En el próximo post os hablaremos de otras gestiones importantes que también debes seguir para comenzar con tu negocio. En este caso, en función de la actividad que vayas a realizar, o si vas a contratar trabajadores

¿Necesitas ayuda?

Si todavía te surge alguna duda, siempre puedes consultar un Punto PAE. Allí encontrarás toda la ayuda necesaria para crear tu empresa y realizar los trámites de la documentación, además de asesoramiento y apoyo.

Si aún no tienes claro dónde domiciliar tu empresa o estás buscando una dirección profesional para hacerlo, puedes consultar nuestro servicio de domicilio social o rellenar este formulario indicando lo que necesitas, ¡nosotros nos pondremos en contacto contigo lo antes posible!

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