¿Conoces la figura de Autónomo Dependiente?

Los inicios de un proyecto emprendedor suelen ser apasionantes, sobre todo porque los emprendedores parecen  el «hombre orquesta», se ocupan de todo, normalmente por la escasez de recursos tanto humanos como económicos y en muchas ocasiones esta dedicación les impide conocer opciones que están a su disposición y que deben contemplarse a la hora de hacer crecer la empresa.

Hay una serie de cuestiones, que ya he comentado en anteriores posts, como puede ser el registro de la marca, la legislación que debes tener en cuenta en tu sitio web o cómo constituir la sociedad limitada en un click, éstos son recursos sencillos y sin apenas coste que te van a ayudar a consolidar y a tener más seguridad en el ámbito más jurídico del proyecto.

En esta línea, otro de los recursos que debes conocer es la figura del Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente, conocido como TRADE.

Los trabajadores autónomos económicamente dependientes son aquellos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75 por 100 de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales.

Para el desempeño de la actividad económica o profesional como trabajador autónomo económicamente dependiente, éste deberá reunir simultáneamente las siguientes condiciones:

  • No tener a su cargo trabajadores ni contratar o subcontratar parte o toda del trabajo que realiza.
  • No hacer el mismo trabajo que realizan de los empleados del cliente. Se tiene que hacer un trabajo diferente, no pudiendo realizar el mismo que los trabajadores por cuenta ajena del cliente.
  • Tener una infraestructura y materiales de trabajo propios.
  • Trabajar bajo criterios organizativos propios, pudiendo recibir las indicaciones técnicas por parte del cliente.
  • Recibir un pago por el resultado del trabajo, pactado con el cliente, y asumiendo el riesgo y ventura por la actividad.

Los TRADE tienen unas condiciones más beneficiosas respecto de los trabajadores autónomos. Pese a que tienen las mismas obligaciones que el resto de los autónomos, tienen algunas ventajas por esta situación de dependencia económica respecto de un cliente.

  • Contrato mercantil que regula la relación con el cliente.
  • Derecho a 18 días de vacaciones al año. Aunque por Acuerdo de Interés Profesional o por contrato se pueden aumentar.
  • Derecho a una indemnización en el caso de que el cliente rompa injustificadamente el contrato. Como contrapartida, el TRADE tendrá asimismo que indemnizar al cliente si es él quien rompe injustificadamente el contrato.
  • En caso de tener que acudir a los Tribunales, actuará en la jurisdicción social. Esta jurisdicción es más rápida que la jurisdicción civil, y menos costosa, ya que no existen las tasas ni la necesidad de un procurador.
  • Posibilidad de firmar Acuerdos de Interés Profesional.

El contrato para la realización de la actividad profesional del trabajador autónomo económicamente dependiente celebrado entre éste y su cliente deberá formalizarse siempre por escrito y deberá ser registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal.

El trabajador autónomo deberá hacer constar expresamente en el contrato su condición de dependiente económicamente respecto del cliente que le contrate, así como las variaciones que se produjeran al respecto.

Como trabajador autónomo se tienen las mismas obligaciones del resto de autónomos, respecto a Hacienda (IVA, IRPF…). No existe una obligación de facturar mensualmente, puede hacerse trimestralmente.

Respecto a la Seguridad Social, existen las mismas obligaciones. Existe la obligación de cotizar por las contingencias profesionales. Pero además los que desempeñen actividades con alto riesgo de siniestralidad, aunque estén en condición de pluriactividad, tendrán que cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos obligatoriamente por Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes.

Puedes encontrar un modelo de contrato en este link así como el acceso al registro electrónico o la legislación aplicable.

Contempla el TRADE como una opción para la incorporación de colaboradores a tu proyecto, que ofrece flexibilidad para ambas partes.

Fdo. Elena Lapole (@ElenaLapole)

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1 comentario en «¿Conoces la figura de Autónomo Dependiente?»

  1. Como bien explicáis, los TRADE tienen ciertas ventajas con respecto a los autónomos más comunes, por lo que es importante este tipo de información para todos aquellos que cumplan las condiciones de ser autónomos económicamente dependientes, pero que no conozcan de este tipo de ventajas.

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