Qué hacer si mi empresa es insolvente

Mi empresa es insolvente, ¿qué debo hacer?

Hoy compartimos una nueva entrevista de REINICIA. Esta vez resolveremos algunas dudas sobre lo que se debe hacer cuando una empresa se encuentra en situación de insolvencia.

Para ello, le hemos preguntado a Germán Valentín-Gamazo, abogado experto en asesoramiento jurídico a empresas y asesor de PYMEs y autónomos sobre Derecho de Sociedades, contratos con proveedores y clientes, asuntos con administraciones públicas y litigios de empresa.

Desde el punto de vista legal, ¿qué es una situación de insolvencia?

Desde un punto de vista jurídico, la situación de insolvencia se define como una situación en la que un autónomo o una asocial se ha quedado sin dinero (o está a punto de hacerlo) para hacer sus pagos.

Con pagos me refiero a los salarios de los trabajadores, la seguridad social, las cotizaciones, impuestos, hacienda, devolver un préstamo, un crédito que te ha dado un banco… Todo tipo de pagos.

El matiz aquí es importante porque la definición que estoy dando es la que da la ley concursal y podría no coincidir con lo que diría un contable o una lista de estados financieros. Estos probablemente hablarían de insolvencia o de quiebra solamente en una situación en la que el pasivo en el balance fuera mayor que el activo.

Sin embargo, desde un punto de vista legal, también puede ser una situación de insolvencia, una situación atípica, situación de la que se habla como un problema de tesorería o como un problema de liquidez.

¿Qué implicaciones tiene para mi negocio y para mí una situación como ésta?

El empresario que detecta que su negocio está en una situación de insolvencia, normalmente tiene dos opciones por ley: pedir la declaración de concurso de acreedores o empieza a negociar con acreedores.

Ahora mismo se está aplicando una excepción temporal a esta regla, hasta el 31 de diciembre de este año (2020), no es obligatorio pedir la declaración de concurso.

Tanto si se hace por ley como si se hace voluntariamente, el concurso puede acabar de dos formas:

  • En liquidación, consistiría en la venta de bienes y el reclamo de dinero a la gente que deba dinero al negocio. Con ese dinero se pagarían las deudas. En el caso de una sociedad, implicaría además el cierre de esa sociedad.
  • En convenio; se trata de un acuerdo con las personas a las que el negocio le debe dinero. Este acuerdo puede tener muchos tipos de cláusulas, pero las más habituales son las quitas, a través de las que se perdona, por lo menos, una parte de la deuda y las esperas, que consisten es en retrasar o alargar el plazo de pago de las deudas.

La otra opción posible, aparte de pedir la declaración de concurso, sería negociar con los acreedores. Existen diferentes modalidades de acuerdos, pero en el caso de los autónomos o de las pymes, en mi opinión, la más adecuada sería un acuerdo extrajudicial de pagos, muy similar a un convenio.

¿Qué ocurre si no hago nada al respecto?

Pues si un empresario o un autónomo detecta que su negocio está en esta situación y decide no hacer nada porque, por ejemplo, piensa que con el tiempo esa situación mejorará, corre dos riesgos:

El primero sería más bien un rasgo empresarial o financiero; sería, simplemente, que esa predicción que él tiene de que las cosas mejorarán con el paso del tiempo no se cumpla y ocurra justamente lo contrario, que a medida que pase el tiempo, la situación financiera del negocio se vaya deteriorando.

El segundo riesgo, relacionado con éste, que sí es jurídico, es que el concurso se califica como culpable. Un concurso de acreedores es un procedimiento judicial muy largo, con diferentes fases, en el que además de decidir si el negocio se liquida o si se firma un convenio, el juez también analiza cuáles han sido las causas del concurso de acreedores. En este sentido puede llegar a dos conclusiones: que el concurso ha sido fortuito o que el concurso ha sido culpable.

¿Qué consecuencias tiene que el juez diga que el concurso es culpable? 

Pueden ser realmente graves. El juez podría condenar a las personas a las que considera culpables del concurso a cubrir el déficit con su patrimonio o inhabilitarlas para administrar bienes ajenos.

Con esto que estoy comentado, quiero decir que tengo la sensación de que mucha gente no es consciente de la gravedad del asunto, no estamos transmitiendo bien el mensaje o el mensaje no está calando.

Y bueno, querría concluir esta entrevista recomendando a la gente que acuda a un abogado si se encuentran en esta situación para valorar las diferentes alternativas, luego ya se verá en cada caso lo que se hace. Pero lo que no es recomendable, desde luego, es no hacer nada y pasar del tema.

Esta es solo una de las video-entrevistas con expertos que estamos llevando a cabo en REINICIA. Puedes verlas todas nuestro canal de Youtube, ¡no olvides suscribirte para no perderte ninguna!

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