Quiero darme de alta como autónomo

Quiero darme de alta como autónomo ¿cómo lo hago?

Cuando tomamos la decisión de trabajar por cuenta propia, nos surgen las dudas de… ¿y ahora qué trámites debo realizar para formalizarlo? ¿Cuáles son mis obligaciones?

En el momento que vas a realizar una actividad económica de forma habitual, y para poder empezar a emitir facturas, debes darte de alta como autónomo.

Voy a tratar de simplificar el proceso para formalizar el alta como autónomo. Para ello, debes tener en cuenta que hay dos trámites principales:

1. Debes darte de alta en Hacienda.

Para que Hacienda sepa qué tipo de actividad económica vas a realizar; si será una actividad profesional o empresarial, y dentro de qué grupo está encuadrada, tienes que hacer la declaración y alta censal, en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, rellenando el modelo 037.

En el caso de ser emprendedor individual o con responsabilidad limitada, deberás rellenar el modelo 036.

Para rellenar este modelo, deberás elegir correctamente cuál es el epígrafe del IAE que se corresponde con tu actividad económica, ya que según eso dependerá la tributación fiscal en uno u otro régimen.

¿Qué es el IAE?, es el impuesto de Actividades Económicas, aunque los autónomos están exentos del pago del IAE

Aquí puedes encontrar el epígrafe del IAE dependiendo de tu actividad.

Por otro lado, otro aspecto a tener en cuenta será que al rellenar los modelos que te he indicado más arriba, deberás indicar el lugar donde vayas a realizar la actividad y cuál será el domicilio fiscal de cara a Hacienda para poder comunicarse contigo.

Si eres de los que vas a realizar tu actividad desde casa, también deberás indicarlo para que puedas deducirte los gastos de suministros que te correspondan.

Si tienes dudas sobre qué es domicilio social o fiscal, puedes consultar aquí en qué consiste. Si además necesitas contratarlo en una dirección profesional, puedes consultar nuestro servicio aquí.

2. Debes darte de alta en la Seguridad Social

El otro paso importante es el alta en la Seguridad Social. Antes de comenzar tu actividad laboral, deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.

Aunque vayas a realizar los trámites con posterioridad, es importante que sepas que la fecha de tu alta en el RETA debe ser la misma, o estar dentro de los 60 días anteriores, a la registrada en Hacienda.

Para llevar a cabo esta gestión, te harán falta los siguientes documentos:

  • El modelo TA.0521, donde indicarás tus datos personales; la fecha de inicio de actividad, la base de cotización, los datos para la domiciliación de los pagos de las cuotas. Además, deberás elegir la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional.
  • Una fotocopia de tu DNI
  • Y el documento de alta en Hacienda.

Este trámite lo puedes hacer de forma presencial en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, o de forma telemática con el certificado digital.

Una vez comunicado esto, desde la Seguridad Social te remitirán una resolución de alta en el RETA que será tu justificante de alta como autónomo. ¡Recuerda que es importante conservarlo!

A partir de este momento, ya estás dado de alta, con la obligación de pagar mensualmente una cuota de autónomo.

¿Cómo sé lo que tengo pagar?

Cuando presentaste el modelo TA 0521, has tenido que definir una base de cotización entre una mínima y máxima. Esta base definida será la que determine la cuota de autónomo que pagarás.

Las bases de cotización, y su correspondiente cuota, son fijadas y revisadas cada año, a través de los Presupuestos Generales del Estado (PGE), y publicadas en el BOE.

En el caso de autónomos que se dan de alta por primera vez, o bien que no hayan estado dado de alta en los dos años anteriores, existen unos beneficios y reducciones interesantes en la cotización, llegando a una reducción de hasta el 80% sobre cuota base mínima, durante el primer año, que es la conocida Tarifa Plana. Lo habitual es que los autónomos comiencen cotizando por la base mínima.

Existen además ayudas adicionales, como la Ampliación de la Tarifa Plana, que te permite prolongar esa reducción del 80%, un año más. Esta ayuda está en función de cada Comunidad Autónoma.

¡Aquellos autónomos societarios que antes no podían disfrutar de esta tarifa plana, ahora sí pueden hacerlo! ¡Aquí te lo contamos!

Otros trámites

El proceso que te hemos contado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social es el que debe realizar cualquier persona que quiera trabajar por cuenta propia y que comience una actividad económica laboral.

Si en tu caso, además vas a desarrollar la actividad en un local, según el tipo de actividad, si vas a realizar obras, etc., tendrás que solicitar las licencias y autorizaciones municipales correspondientes.

Si además vas a contratar trabajadores, necesitarás realizar otros trámites, como solicitar un código de cuenta de cotización con un número para tu empresa, dar de alta a los trabajadores en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social, comunicar la contratación de trabajadores a los servicios públicos de empleo (SEPE) y gestionar sus altas y bajas

Hace poco os hablé de los Puntos PAE. Si estás en esta etapa inicial, continúo recomendándote que acudas a uno de ellos para informarte. Podrán ofrecerte todo el asesoramiento e incluso darte de alta en Hacienda y la Seguridad Social a través del llamado DUE (Documento Único Electrónico). Desde aquí se encargarán de realizar todos los trámites necesarios, sin tener que desplazarte, ahorrando así tiempo y evitando cometer errores.

Si eres de los valientes que inicia su actividad, esperamos haberte aclarado cuáles son los trámites. ¡Mucha suerte en tu nueva andadura!

¿Necesitas ayuda?

Si te encuentras en esta fase de inicio de actividad, y necesitas información sobre dónde acudir para recibir asesoramiento; ayuda a constituirte o bien necesitas algún otro servicio de los comentados en el post, indícanoslo en este formulario y nos pondremos en contacto contigo. 

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